Re: Cambio por obra Perdona por la respuesta, pero si hay tanto dinero en juego, no es mejor
ponerse en manos de un asesor fiscal, creo que es lo mas aconsejable y no
creo que te sala tan caro. Tu pregunta tiene mas miga que la que crees.
Saludos.
"Clara M." <CLARA_MARTINEZ***terra.es> escribió en el mensaje
news:7dvhh.1435535$D7.2715855***telenews.teleline.es ...
> Hola a todos, procuraré ser concisa.
> Exposición:
> Yo, propietaria de solar, mi marido arquitecto.
> Yo cambio por obra el solar, a cambio de 2'5 pisos a un
> promotor-constructor.
> Mi marido cambia por obra, 0'5 pisos, el proyecto, la dirección de obra y
> todo el trabajo y documentación propias del arquitecto.
> Preguntas:
> 1ª Mi marido facturará su trabajo a la promotora, y esta le entregará
> recibo
> por el mismo importe como pago a cuenta del medio piso. (La permuta es
> privada, públicamente será compraventa). La factura de un arquitecto lleva
> asociada la retención del 15% y el 16% correspondiente de IVA.
> La cuestión es: ¿nos debe entregar la promotora el importe del IVA menos
> el
> importe de la retención, es decir, el 1%, ya que el IVA lo deducirá la
> empresa y la retención será en beneficio de mi marido cara al IRPF? ¿Cómo
> lo
> plantearíaia vosotros? El espíritu del contrato de permuta era que planos,
> proyecto, dirección, etc. a cambio de medio piso sin especificar nada mas.
> 2ª Yo recibiré 2 pisos y medio al finalizar la obra. El solar me costó
> escrituralmente 15 millones de pesetas mas gastos usuales. Hemos
> escriturado
> la permuta el promotor y yo por un valor de 25 millones, pero cuando
> reciba
> los pisos supongo que habrá que valorarlos por más.
> ¿En el IRPF de 2006 debo incluir una ganancia patrimonial o lo hago en el
> ejercicio en que reciba los pisos? ¿Si hasta 25 mill fuera ganancia
> patrim.
> del 2006, hasta el resto de valoración de la obra será a la recepción?
> ¿Cómo
> lo planteariais para pagar menos dentro de la legalidad? ¿Cómo he de
> tratar
> el IVA que habré de soportar a la entrega de llaves, lo deberé de pagar yo
> o
> se presume incluido en la permuta, aunque ni el contrato ni la escritura
> diga nada al respecto?
>
> Me juego mucho dinero, el cual por supuesto no me sobra, y además no
> quiero
> sacar nada que no sea mio, quiero respetar las "normas" que rigen este
> tipo
> de transacciones porque el promotor es amigo, pero desconozco cómo se
> suelen
> hacer estas cosas, sobre todo en lo referente al IVA, tanto de la parte de
> mi marido como de la mía.
>
> Necesito orientación bastante desesperadamente. Tengo solo un par de días
> para decidir qué hacer. Es muy urgente vuestra ayuda.
> Mil gracias a todos.
> Clara M.
>
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