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Antiguo 18-02-2005, 09:57:32
Juan
 
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Predeterminado Re: ordenan el cierre del Registro de Aceptaciones Impagadas

Pero eso no afecta al ASNEF que ahí siguen tan felices.

"angelishot" <nomore***spam.com> escribió en el mensaje
news:cv47u1$f2h$1***news.ya.com...
> 16 de febrero de 2005
>
> El Tribunal de Defensa de la Competencia ordena el cierre del Registro de
> Aceptaciones Impagadas de las entidades de crédito
> Debe cesar sus actividades en 15 días porque "restringen" el buen
> funcionamiento del libre mercado
>
> El Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI) en el que las entidades de
> crédito incluyen sus listas de morosos para que no reciban préstamos ha
> sido
> declarado ilegal por el Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC), que
> ha
> ordenado su cierre en un plazo máximo de 15 días.
>
> El TDC ha solicitado al Ministerio de Economía y Hacienda que "vigile el
> cumplimiento" de esta medida, que sólo puede ser recurrida ante los
> tribunales.
>
> La resolución del TDC se produce en respuesta a los tramites legales
> iniciados por la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc)
> en
> 1991, en los que denunciaba ciertas prácticas este registro sectorial de
> solvencia patrimonial mediante el cual las entidades financieras de
> crédito
> intercambiaban datos, sin que terceras personas físicas o jurídicas
> tuvieran
> la posibilidad de acceder a ellos.
>
> Registro sectorial
>
> Fuentes de Ausbanc explican a CONSUMER.es EROSKI que durante la década
> pasada esto era posible porque no existía la Ley de Protección de Datos.
> Además, las personas eran incluidas en este listado, por ejemplo los
> afectados por el caso de las PSV que dejaron de pagar las letras aceptadas
> porque no era posible su acceso a las viviendas, sin que nadie se lo
> notificara.
>
> El TDC, no obstante, autorizó el funcionamiento del RAI por un plazo de
> cinco años, siempre que cumpliera una serie de requisitos que le fueron
> impuestos entonces. En ese plazo, la gestión del RAI pasó a la Asociación
> Española de Banca (AEB), y de ahí al Centro de Cooperación Interbancaria
> (CCI), que lo lleva en la actualidad.
>
> Transcurridos los cinco años, la solicitud de renovación de la
> autorización
> fue desestimada por el TDC, al no haberse cumplido las condiciones
> exigidas.
> No obstante, se aceptó una prórroga por seis meses, que también venció sin
> que se modificaran las normas de funcionamiento del RAI para, por ejemplo,
> abrir su contenido "al máximo" a los acreedores y las empresas de
> información de solvencia.
>
> Fiabilidad de los datos
>
> Ausbanc incide en que la fiabilidad de los datos contenidos en estos
> ficheros automatizados es "esencial" y que esto sólo se produce si están
> actualizados. La norma dice que los datos de carácter personal serán
> exactos
> y puestos al día de manera que respondan con veracidad a la situación
> actual
> del afectado. El RAI no puede cumplir esta condición en aquellos supuestos
> en los que la falta de pago de un efecto cambiario se atiende fuera del
> circuito bancario, debido a que el dato del incumplimiento no fue
> facilitada
> por el acreedor y el deudor no ha sido notificado de su inscripción en el
> registro.
>
> Además, en la resolución del TDC, fechada el pasado día 8, queda patente
> que
> las prácticas del RAI "restringen" el buen funcionamiento del libre
> mercado,
> al suponer la "concertación" de la estrategia comercial de todo un sector.
> Según Ausbanc, de este modo, las entidades de crédito pueden "concertar
> acciones" e incluso utilizar esta información para incrementar sus
> intereses
> o las tasas de descuento en la negociación con un cliente.
>
> Verificación de las deudas
>
> La Federación de Consumidores en Acción (FACUA) ha valorado también "muy
> positivamente" la sentencia "ante la grave situación de desprotección que
> sufre un número preocupante de consumidores españoles frente a los abusos
> que se producen en este sector".
>
> En este sentido, FACUA demanda a la Agencia Española de Protección de
> Datos
> que tome medidas contundentes contra los registros de morosos que
> inscriben
> a usuarios sin verificar la existencia real de las deudas o no les
> informan
> de su inclusión en dichos ficheros.
>
> Entre los archivos de morosos legales más importantes, además del RAI se
> encuentra el de la Asociación Nacional de Entidades de Financiación
> (Asnef -Equifax), que engloba los archivos de las entidades financieras
> españolas. La Federación denuncia que Equifax Ibérica, que gestiona el
> fichero Asnef, no se considera responsable de probar la existencia de la
> deuda cuando un supuesto acreedor le solicita el ingreso de un usuario en
> su
> registro, lo cual puede derivar en importantes perjuicios en aquellos
> casos
> en que se trata de deudas inexistentes o ya pagadas.
>
> tomado de consumer.es
> --
> "Si no vives como piensas, terminaras pensando como vives"
> Gandhi
>
>



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