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Antiguo 03-01-2008, 22:40:12
Mnl
 
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Predeterminado Re: Reparar calentador eléctrico?



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> Sobre el tema "a quien le corresponde", creo recordar que al propietario,
> salvo acuerdo en contrario, o salvo que sea propiedad vuestra.
> (¿Algún experto en la sala?) ;-)
>
> Jmbiker
>
>


Pues a ver si un experto lo aclara, porque hace tiempo encontré esto:
http://www.iabogado.com/esp/guialega...04020500000000
"Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste derivado del uso ordinario
de la vivienda deberá abonarlas el inquilino".

Por tanto, si un calentador se desgasta con el uso ordinario, lo deberá
pagar el inquilino ¿no?. ¿Alguién puede explicarme que se entiende por uso
ordinario? Supongo que si se ensucian las paredes, tendrá que pagar su
pintado el inquilino, ¿no?. Si se funden las bombillas, idem ¿no?. Si se
estropea el parquet, idem ¿no?

Supongo que si se cae un techo si que deberá pagarlo el propietario, pero
las cosas consecuencia del uso entiendo que las debe pagar el inquilino.

Saludos