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| Hola grupo!!. Necesitaría ayuda sobre una duda que tengo... A un trabajador le ha realizado un embargo la Tesorería de la S.S. No es a través de ningún documento de embargo judicial, si no un documento de la Seg.Soc. como os confirmo. Mi duda es a qué cuenta tengo que destinar el importe retenido de dicho embargo. Por lo que he leído en el grupo, la cuenta que más acorde veo para el tema, es abrir una 478, ya que no se le puede considerar un embargo directo nuestro, si no de un trabajador, y no correspondería meterlo en una 475. Gracias a todos. Salu2. Arantza -- 21 Ráfagassssss Bruja Edea Sector Cachirulo Aforado SV 650 S tomatito ![]() |
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| Efectivamente, lo correcto es habilitar una cuenta del subgrupo 47. La 478 es muy adecuada si se dispone de ese número libre. Saludos. "Bruja Edea" <brujaedea***msn.com> escribió en el mensaje news:mn.3b4a7d5b64e99f3c.40005***msn.com... > Hola grupo!!. > > Necesitaría ayuda sobre una duda que tengo... > > A un trabajador le ha realizado un embargo la Tesorería de la S.S. > No es a través de ningún documento de embargo judicial, si no un > documento de la Seg.Soc. como os confirmo. > > Mi duda es a qué cuenta tengo que destinar el importe retenido de dicho > embargo. > > Por lo que he leído en el grupo, la cuenta que más acorde veo para el > tema, es abrir una 478, ya que no se le puede considerar un embargo > directo nuestro, si no de un trabajador, y no correspondería meterlo en > una 475. > > Gracias a todos. > Salu2. > Arantza > > -- > > 21 Ráfagassssss > > Bruja Edea > Sector Cachirulo Aforado > SV 650 S tomatito ![]() > > |
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| Efectivamente, lo correcto es habilitar una cuenta del subgrupo 47. La 478 es muy adecuada si se dispone de ese número libre. Saludos. "Bruja Edea" <brujaedea***msn.com> escribió en el mensaje news:mn.3b4a7d5b64e99f3c.40005***msn.com... > Hola grupo!!. > > Necesitaría ayuda sobre una duda que tengo... > > A un trabajador le ha realizado un embargo la Tesorería de la S.S. > No es a través de ningún documento de embargo judicial, si no un > documento de la Seg.Soc. como os confirmo. > > Mi duda es a qué cuenta tengo que destinar el importe retenido de dicho > embargo. > > Por lo que he leído en el grupo, la cuenta que más acorde veo para el > tema, es abrir una 478, ya que no se le puede considerar un embargo > directo nuestro, si no de un trabajador, y no correspondería meterlo en > una 475. > > Gracias a todos. > Salu2. > Arantza > > -- > > 21 Ráfagassssss > > Bruja Edea > Sector Cachirulo Aforado > SV 650 S tomatito ![]() > > |
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| Efectivamente, lo correcto es habilitar una cuenta del subgrupo 47. La 478 es muy adecuada si se dispone de ese número libre. Saludos. "Bruja Edea" <brujaedea***msn.com> escribió en el mensaje news:mn.3b4a7d5b64e99f3c.40005***msn.com... > Hola grupo!!. > > Necesitaría ayuda sobre una duda que tengo... > > A un trabajador le ha realizado un embargo la Tesorería de la S.S. > No es a través de ningún documento de embargo judicial, si no un > documento de la Seg.Soc. como os confirmo. > > Mi duda es a qué cuenta tengo que destinar el importe retenido de dicho > embargo. > > Por lo que he leído en el grupo, la cuenta que más acorde veo para el > tema, es abrir una 478, ya que no se le puede considerar un embargo > directo nuestro, si no de un trabajador, y no correspondería meterlo en > una 475. > > Gracias a todos. > Salu2. > Arantza > > -- > > 21 Ráfagassssss > > Bruja Edea > Sector Cachirulo Aforado > SV 650 S tomatito ![]() > > |
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