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| En su dia Edu me dijo lo siguiente respecto a mi pregunta sobre la declaracion que tendria que hacer en el Impuesto sobre Sociedades para una empresa sin actividad: PREGUNTA: ¿Se refleja cada año el ultimo balance que tuvo actividad, señalando en los sucesivos, desde que se dio de baja del Censo y de I.A.E., la casilla SIN ACTIVIDAD o se reflejan esos movimientos que sigue teniendo como son, el pago de las cuotas del prestamo hipotecario que mantiene por la compra de una vivienda, mas los gastos de comunidad, etc.? RESPUESTA DE EDU: Contablemente se deben registrar esos gastos. A efectos del I. de Sociedades, la mayoría de los expertos opina que no se deben registrar. Su argumento es que se trata de gastos no deducibles ya que, al no haber actividad, no son gastos necesarios para la obtención de ingresos. NUEVA PREGUNTA: ¿Que pasará si dentro de un par de años la empresa vuelve a tener actividad? No coincidirá la contabilidad que se inicie en ese momento con la que se ha ido declarando en el I.S. puesto que habra habido amortizaciones que no se hayan reflejado durante el tiempo que se ha ido declarando el mismo balance que cuando se dejo de tener actividad. Joder, no se si me estoy explicando bien....... Garcias anticipadas Jose A. |
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