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| Es una buena orientacion. Plantearé hacerlo asi, pese que en el acto de escritura no pagué nada al promotor por el IVA. Gracias. "Kai" <noteno***hotmail.com> escribió en el mensaje news:Xns989EB8C2CA482KAI***213.0.184.82... > En la promotora en la que trabajo, cuando permutamos un solar a camibio > de pisos, lo mas normal es que el vendedor del solar, que se quedara > conlos pisos que sea, nos de el importe del IVA correspondiente a la > cantidad que se considera anticipo. > Por ej. un solar que valoramos en 100.000 ?, A LA FIRMA DE LA ESCRITURA > PUBLICA de compraventa con permuta, nos dan mediante talon, efectivo,... > el importe del iva por el valor de los pisos que sean, que si se estimase > que son tambien 100.000 ? serían 7.000. > > Kai > > > On 19 dic 2006, you wrote in es.charla.economia.contabilidad: > > > Finalmente creo que tienes toda la razon, debo ponerme en manos de > > alguien, pero aun así quisiera saber si se suele permutar por obra de > > un modo u otro a efectos de IVA, como costumbre quiero decir. Si > > alguien ha llevado contratos de esta naturaleza, ¿cómo han establecido > > el IVA? Gracias a todos. > > Clara M. > > > > "Achueca" <achueca***ya.com> escribió en el mensaje > > news:em6rph$3qe$1***news.ya.com... > >> Perdona por la respuesta, pero si hay tanto dinero en juego, no es > >> mejor ponerse en manos de un asesor fiscal, creo que es lo mas > >> aconsejable y no creo que te sala tan caro. Tu pregunta tiene mas > >> miga que la que crees. > >> > >> Saludos. > >> > >> "Clara M." <CLARA_MARTINEZ***terra.es> escribió en el mensaje > >> news:7dvhh.1435535$D7.2715855***telenews.teleline.es ... > >> > Hola a todos, procuraré ser concisa. > >> > Exposición: > >> > Yo, propietaria de solar, mi marido arquitecto. > >> > Yo cambio por obra el solar, a cambio de 2'5 pisos a un > >> > promotor-constructor. > >> > Mi marido cambia por obra, 0'5 pisos, el proyecto, la dirección de > >> > obra > > y > >> > todo el trabajo y documentación propias del arquitecto. > >> > Preguntas: > >> > 1ª Mi marido facturará su trabajo a la promotora, y esta le > >> > entregará recibo > >> > por el mismo importe como pago a cuenta del medio piso. (La permuta > >> > es privada, públicamente será compraventa). La factura de un > >> > arquitecto > > lleva > >> > asociada la retención del 15% y el 16% correspondiente de IVA. > >> > La cuestión es: ¿nos debe entregar la promotora el importe del IVA > >> > menos el > >> > importe de la retención, es decir, el 1%, ya que el IVA lo deducirá > >> > la empresa y la retención será en beneficio de mi marido cara al > >> > IRPF? > > ¿Cómo > >> > lo > >> > plantearíaia vosotros? El espíritu del contrato de permuta era que > > planos, > >> > proyecto, dirección, etc. a cambio de medio piso sin especificar > >> > nada > > mas. > >> > 2ª Yo recibiré 2 pisos y medio al finalizar la obra. El solar me > >> > costó escrituralmente 15 millones de pesetas mas gastos usuales. > >> > Hemos escriturado > >> > la permuta el promotor y yo por un valor de 25 millones, pero > >> > cuando reciba > >> > los pisos supongo que habrá que valorarlos por más. > >> > ¿En el IRPF de 2006 debo incluir una ganancia patrimonial o lo hago > >> > en > > el > >> > ejercicio en que reciba los pisos? ¿Si hasta 25 mill fuera ganancia > >> > patrim. > >> > del 2006, hasta el resto de valoración de la obra será a la > >> > recepción? ¿Cómo > >> > lo planteariais para pagar menos dentro de la legalidad? ¿Cómo he > >> > de tratar > >> > el IVA que habré de soportar a la entrega de llaves, lo deberé de > >> > pagar > > yo > >> > o > >> > se presume incluido en la permuta, aunque ni el contrato ni la > >> > escritura diga nada al respecto? > >> > > >> > Me juego mucho dinero, el cual por supuesto no me sobra, y además > >> > no quiero > >> > sacar nada que no sea mio, quiero respetar las "normas" que rigen > >> > este tipo > >> > de transacciones porque el promotor es amigo, pero desconozco cómo > >> > se suelen > >> > hacer estas cosas, sobre todo en lo referente al IVA, tanto de la > >> > parte > > de > >> > mi marido como de la mía. > >> > > >> > Necesito orientación bastante desesperadamente. Tengo solo un par > >> > de > > días > >> > para decidir qué hacer. Es muy urgente vuestra ayuda. > >> > Mil gracias a todos. > >> > Clara M. > >> > > >> > > >> > >> > > > > > > > |
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| Es una buena orientacion. Plantearé hacerlo asi, pese que en el acto de escritura no pagué nada al promotor por el IVA. Gracias. "Kai" <noteno***hotmail.com> escribió en el mensaje news:Xns989EB8C2CA482KAI***213.0.184.82... > En la promotora en la que trabajo, cuando permutamos un solar a camibio > de pisos, lo mas normal es que el vendedor del solar, que se quedara > conlos pisos que sea, nos de el importe del IVA correspondiente a la > cantidad que se considera anticipo. > Por ej. un solar que valoramos en 100.000 ?, A LA FIRMA DE LA ESCRITURA > PUBLICA de compraventa con permuta, nos dan mediante talon, efectivo,... > el importe del iva por el valor de los pisos que sean, que si se estimase > que son tambien 100.000 ? serían 7.000. > > Kai > > > On 19 dic 2006, you wrote in es.charla.economia.contabilidad: > > > Finalmente creo que tienes toda la razon, debo ponerme en manos de > > alguien, pero aun así quisiera saber si se suele permutar por obra de > > un modo u otro a efectos de IVA, como costumbre quiero decir. Si > > alguien ha llevado contratos de esta naturaleza, ¿cómo han establecido > > el IVA? Gracias a todos. > > Clara M. > > > > "Achueca" <achueca***ya.com> escribió en el mensaje > > news:em6rph$3qe$1***news.ya.com... > >> Perdona por la respuesta, pero si hay tanto dinero en juego, no es > >> mejor ponerse en manos de un asesor fiscal, creo que es lo mas > >> aconsejable y no creo que te sala tan caro. Tu pregunta tiene mas > >> miga que la que crees. > >> > >> Saludos. > >> > >> "Clara M." <CLARA_MARTINEZ***terra.es> escribió en el mensaje > >> news:7dvhh.1435535$D7.2715855***telenews.teleline.es ... > >> > Hola a todos, procuraré ser concisa. > >> > Exposición: > >> > Yo, propietaria de solar, mi marido arquitecto. > >> > Yo cambio por obra el solar, a cambio de 2'5 pisos a un > >> > promotor-constructor. > >> > Mi marido cambia por obra, 0'5 pisos, el proyecto, la dirección de > >> > obra > > y > >> > todo el trabajo y documentación propias del arquitecto. > >> > Preguntas: > >> > 1ª Mi marido facturará su trabajo a la promotora, y esta le > >> > entregará recibo > >> > por el mismo importe como pago a cuenta del medio piso. (La permuta > >> > es privada, públicamente será compraventa). La factura de un > >> > arquitecto > > lleva > >> > asociada la retención del 15% y el 16% correspondiente de IVA. > >> > La cuestión es: ¿nos debe entregar la promotora el importe del IVA > >> > menos el > >> > importe de la retención, es decir, el 1%, ya que el IVA lo deducirá > >> > la empresa y la retención será en beneficio de mi marido cara al > >> > IRPF? > > ¿Cómo > >> > lo > >> > plantearíaia vosotros? El espíritu del contrato de permuta era que > > planos, > >> > proyecto, dirección, etc. a cambio de medio piso sin especificar > >> > nada > > mas. > >> > 2ª Yo recibiré 2 pisos y medio al finalizar la obra. El solar me > >> > costó escrituralmente 15 millones de pesetas mas gastos usuales. > >> > Hemos escriturado > >> > la permuta el promotor y yo por un valor de 25 millones, pero > >> > cuando reciba > >> > los pisos supongo que habrá que valorarlos por más. > >> > ¿En el IRPF de 2006 debo incluir una ganancia patrimonial o lo hago > >> > en > > el > >> > ejercicio en que reciba los pisos? ¿Si hasta 25 mill fuera ganancia > >> > patrim. > >> > del 2006, hasta el resto de valoración de la obra será a la > >> > recepción? ¿Cómo > >> > lo planteariais para pagar menos dentro de la legalidad? ¿Cómo he > >> > de tratar > >> > el IVA que habré de soportar a la entrega de llaves, lo deberé de > >> > pagar > > yo > >> > o > >> > se presume incluido en la permuta, aunque ni el contrato ni la > >> > escritura diga nada al respecto? > >> > > >> > Me juego mucho dinero, el cual por supuesto no me sobra, y además > >> > no quiero > >> > sacar nada que no sea mio, quiero respetar las "normas" que rigen > >> > este tipo > >> > de transacciones porque el promotor es amigo, pero desconozco cómo > >> > se suelen > >> > hacer estas cosas, sobre todo en lo referente al IVA, tanto de la > >> > parte > > de > >> > mi marido como de la mía. > >> > > >> > Necesito orientación bastante desesperadamente. Tengo solo un par > >> > de > > días > >> > para decidir qué hacer. Es muy urgente vuestra ayuda. > >> > Mil gracias a todos. > >> > Clara M. > >> > > >> > > >> > >> > > > > > > > |
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| Es una buena orientacion. Plantearé hacerlo asi, pese que en el acto de escritura no pagué nada al promotor por el IVA. Gracias. "Kai" <noteno***hotmail.com> escribió en el mensaje news:Xns989EB8C2CA482KAI***213.0.184.82... > En la promotora en la que trabajo, cuando permutamos un solar a camibio > de pisos, lo mas normal es que el vendedor del solar, que se quedara > conlos pisos que sea, nos de el importe del IVA correspondiente a la > cantidad que se considera anticipo. > Por ej. un solar que valoramos en 100.000 ?, A LA FIRMA DE LA ESCRITURA > PUBLICA de compraventa con permuta, nos dan mediante talon, efectivo,... > el importe del iva por el valor de los pisos que sean, que si se estimase > que son tambien 100.000 ? serían 7.000. > > Kai > > > On 19 dic 2006, you wrote in es.charla.economia.contabilidad: > > > Finalmente creo que tienes toda la razon, debo ponerme en manos de > > alguien, pero aun así quisiera saber si se suele permutar por obra de > > un modo u otro a efectos de IVA, como costumbre quiero decir. Si > > alguien ha llevado contratos de esta naturaleza, ¿cómo han establecido > > el IVA? Gracias a todos. > > Clara M. > > > > "Achueca" <achueca***ya.com> escribió en el mensaje > > news:em6rph$3qe$1***news.ya.com... > >> Perdona por la respuesta, pero si hay tanto dinero en juego, no es > >> mejor ponerse en manos de un asesor fiscal, creo que es lo mas > >> aconsejable y no creo que te sala tan caro. Tu pregunta tiene mas > >> miga que la que crees. > >> > >> Saludos. > >> > >> "Clara M." <CLARA_MARTINEZ***terra.es> escribió en el mensaje > >> news:7dvhh.1435535$D7.2715855***telenews.teleline.es ... > >> > Hola a todos, procuraré ser concisa. > >> > Exposición: > >> > Yo, propietaria de solar, mi marido arquitecto. > >> > Yo cambio por obra el solar, a cambio de 2'5 pisos a un > >> > promotor-constructor. > >> > Mi marido cambia por obra, 0'5 pisos, el proyecto, la dirección de > >> > obra > > y > >> > todo el trabajo y documentación propias del arquitecto. > >> > Preguntas: > >> > 1ª Mi marido facturará su trabajo a la promotora, y esta le > >> > entregará recibo > >> > por el mismo importe como pago a cuenta del medio piso. (La permuta > >> > es privada, públicamente será compraventa). La factura de un > >> > arquitecto > > lleva > >> > asociada la retención del 15% y el 16% correspondiente de IVA. > >> > La cuestión es: ¿nos debe entregar la promotora el importe del IVA > >> > menos el > >> > importe de la retención, es decir, el 1%, ya que el IVA lo deducirá > >> > la empresa y la retención será en beneficio de mi marido cara al > >> > IRPF? > > ¿Cómo > >> > lo > >> > plantearíaia vosotros? El espíritu del contrato de permuta era que > > planos, > >> > proyecto, dirección, etc. a cambio de medio piso sin especificar > >> > nada > > mas. > >> > 2ª Yo recibiré 2 pisos y medio al finalizar la obra. El solar me > >> > costó escrituralmente 15 millones de pesetas mas gastos usuales. > >> > Hemos escriturado > >> > la permuta el promotor y yo por un valor de 25 millones, pero > >> > cuando reciba > >> > los pisos supongo que habrá que valorarlos por más. > >> > ¿En el IRPF de 2006 debo incluir una ganancia patrimonial o lo hago > >> > en > > el > >> > ejercicio en que reciba los pisos? ¿Si hasta 25 mill fuera ganancia > >> > patrim. > >> > del 2006, hasta el resto de valoración de la obra será a la > >> > recepción? ¿Cómo > >> > lo planteariais para pagar menos dentro de la legalidad? ¿Cómo he > >> > de tratar > >> > el IVA que habré de soportar a la entrega de llaves, lo deberé de > >> > pagar > > yo > >> > o > >> > se presume incluido en la permuta, aunque ni el contrato ni la > >> > escritura diga nada al respecto? > >> > > >> > Me juego mucho dinero, el cual por supuesto no me sobra, y además > >> > no quiero > >> > sacar nada que no sea mio, quiero respetar las "normas" que rigen > >> > este tipo > >> > de transacciones porque el promotor es amigo, pero desconozco cómo > >> > se suelen > >> > hacer estas cosas, sobre todo en lo referente al IVA, tanto de la > >> > parte > > de > >> > mi marido como de la mía. > >> > > >> > Necesito orientación bastante desesperadamente. Tengo solo un par > >> > de > > días > >> > para decidir qué hacer. Es muy urgente vuestra ayuda. > >> > Mil gracias a todos. > >> > Clara M. > >> > > >> > > >> > >> > > > > > > > |
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| Es una buena orientacion. Plantearé hacerlo asi, pese que en el acto de escritura no pagué nada al promotor por el IVA. Gracias. "Kai" <noteno***hotmail.com> escribió en el mensaje news:Xns989EB8C2CA482KAI***213.0.184.82... > En la promotora en la que trabajo, cuando permutamos un solar a camibio > de pisos, lo mas normal es que el vendedor del solar, que se quedara > conlos pisos que sea, nos de el importe del IVA correspondiente a la > cantidad que se considera anticipo. > Por ej. un solar que valoramos en 100.000 ?, A LA FIRMA DE LA ESCRITURA > PUBLICA de compraventa con permuta, nos dan mediante talon, efectivo,... > el importe del iva por el valor de los pisos que sean, que si se estimase > que son tambien 100.000 ? serían 7.000. > > Kai > > > On 19 dic 2006, you wrote in es.charla.economia.contabilidad: > > > Finalmente creo que tienes toda la razon, debo ponerme en manos de > > alguien, pero aun así quisiera saber si se suele permutar por obra de > > un modo u otro a efectos de IVA, como costumbre quiero decir. Si > > alguien ha llevado contratos de esta naturaleza, ¿cómo han establecido > > el IVA? Gracias a todos. > > Clara M. > > > > "Achueca" <achueca***ya.com> escribió en el mensaje > > news:em6rph$3qe$1***news.ya.com... > >> Perdona por la respuesta, pero si hay tanto dinero en juego, no es > >> mejor ponerse en manos de un asesor fiscal, creo que es lo mas > >> aconsejable y no creo que te sala tan caro. Tu pregunta tiene mas > >> miga que la que crees. > >> > >> Saludos. > >> > >> "Clara M." <CLARA_MARTINEZ***terra.es> escribió en el mensaje > >> news:7dvhh.1435535$D7.2715855***telenews.teleline.es ... > >> > Hola a todos, procuraré ser concisa. > >> > Exposición: > >> > Yo, propietaria de solar, mi marido arquitecto. > >> > Yo cambio por obra el solar, a cambio de 2'5 pisos a un > >> > promotor-constructor. > >> > Mi marido cambia por obra, 0'5 pisos, el proyecto, la dirección de > >> > obra > > y > >> > todo el trabajo y documentación propias del arquitecto. > >> > Preguntas: > >> > 1ª Mi marido facturará su trabajo a la promotora, y esta le > >> > entregará recibo > >> > por el mismo importe como pago a cuenta del medio piso. (La permuta > >> > es privada, públicamente será compraventa). La factura de un > >> > arquitecto > > lleva > >> > asociada la retención del 15% y el 16% correspondiente de IVA. > >> > La cuestión es: ¿nos debe entregar la promotora el importe del IVA > >> > menos el > >> > importe de la retención, es decir, el 1%, ya que el IVA lo deducirá > >> > la empresa y la retención será en beneficio de mi marido cara al > >> > IRPF? > > ¿Cómo > >> > lo > >> > plantearíaia vosotros? El espíritu del contrato de permuta era que > > planos, > >> > proyecto, dirección, etc. a cambio de medio piso sin especificar > >> > nada > > mas. > >> > 2ª Yo recibiré 2 pisos y medio al finalizar la obra. El solar me > >> > costó escrituralmente 15 millones de pesetas mas gastos usuales. > >> > Hemos escriturado > >> > la permuta el promotor y yo por un valor de 25 millones, pero > >> > cuando reciba > >> > los pisos supongo que habrá que valorarlos por más. > >> > ¿En el IRPF de 2006 debo incluir una ganancia patrimonial o lo hago > >> > en > > el > >> > ejercicio en que reciba los pisos? ¿Si hasta 25 mill fuera ganancia > >> > patrim. > >> > del 2006, hasta el resto de valoración de la obra será a la > >> > recepción? ¿Cómo > >> > lo planteariais para pagar menos dentro de la legalidad? ¿Cómo he > >> > de tratar > >> > el IVA que habré de soportar a la entrega de llaves, lo deberé de > >> > pagar > > yo > >> > o > >> > se presume incluido en la permuta, aunque ni el contrato ni la > >> > escritura diga nada al respecto? > >> > > >> > Me juego mucho dinero, el cual por supuesto no me sobra, y además > >> > no quiero > >> > sacar nada que no sea mio, quiero respetar las "normas" que rigen > >> > este tipo > >> > de transacciones porque el promotor es amigo, pero desconozco cómo > >> > se suelen > >> > hacer estas cosas, sobre todo en lo referente al IVA, tanto de la > >> > parte > > de > >> > mi marido como de la mía. > >> > > >> > Necesito orientación bastante desesperadamente. Tengo solo un par > >> > de > > días > >> > para decidir qué hacer. Es muy urgente vuestra ayuda. > >> > Mil gracias a todos. > >> > Clara M. > >> > > >> > > >> > >> > > > > > > > |
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| Es una buena orientacion. Plantearé hacerlo asi, pese que en el acto de escritura no pagué nada al promotor por el IVA. Gracias. "Kai" <noteno***hotmail.com> escribió en el mensaje news:Xns989EB8C2CA482KAI***213.0.184.82... > En la promotora en la que trabajo, cuando permutamos un solar a camibio > de pisos, lo mas normal es que el vendedor del solar, que se quedara > conlos pisos que sea, nos de el importe del IVA correspondiente a la > cantidad que se considera anticipo. > Por ej. un solar que valoramos en 100.000 ?, A LA FIRMA DE LA ESCRITURA > PUBLICA de compraventa con permuta, nos dan mediante talon, efectivo,... > el importe del iva por el valor de los pisos que sean, que si se estimase > que son tambien 100.000 ? serían 7.000. > > Kai > > > On 19 dic 2006, you wrote in es.charla.economia.contabilidad: > > > Finalmente creo que tienes toda la razon, debo ponerme en manos de > > alguien, pero aun así quisiera saber si se suele permutar por obra de > > un modo u otro a efectos de IVA, como costumbre quiero decir. Si > > alguien ha llevado contratos de esta naturaleza, ¿cómo han establecido > > el IVA? Gracias a todos. > > Clara M. > > > > "Achueca" <achueca***ya.com> escribió en el mensaje > > news:em6rph$3qe$1***news.ya.com... > >> Perdona por la respuesta, pero si hay tanto dinero en juego, no es > >> mejor ponerse en manos de un asesor fiscal, creo que es lo mas > >> aconsejable y no creo que te sala tan caro. Tu pregunta tiene mas > >> miga que la que crees. > >> > >> Saludos. > >> > >> "Clara M." <CLARA_MARTINEZ***terra.es> escribió en el mensaje > >> news:7dvhh.1435535$D7.2715855***telenews.teleline.es ... > >> > Hola a todos, procuraré ser concisa. > >> > Exposición: > >> > Yo, propietaria de solar, mi marido arquitecto. > >> > Yo cambio por obra el solar, a cambio de 2'5 pisos a un > >> > promotor-constructor. > >> > Mi marido cambia por obra, 0'5 pisos, el proyecto, la dirección de > >> > obra > > y > >> > todo el trabajo y documentación propias del arquitecto. > >> > Preguntas: > >> > 1ª Mi marido facturará su trabajo a la promotora, y esta le > >> > entregará recibo > >> > por el mismo importe como pago a cuenta del medio piso. (La permuta > >> > es privada, públicamente será compraventa). La factura de un > >> > arquitecto > > lleva > >> > asociada la retención del 15% y el 16% correspondiente de IVA. > >> > La cuestión es: ¿nos debe entregar la promotora el importe del IVA > >> > menos el > >> > importe de la retención, es decir, el 1%, ya que el IVA lo deducirá > >> > la empresa y la retención será en beneficio de mi marido cara al > >> > IRPF? > > ¿Cómo > >> > lo > >> > plantearíaia vosotros? El espíritu del contrato de permuta era que > > planos, > >> > proyecto, dirección, etc. a cambio de medio piso sin especificar > >> > nada > > mas. > >> > 2ª Yo recibiré 2 pisos y medio al finalizar la obra. El solar me > >> > costó escrituralmente 15 millones de pesetas mas gastos usuales. > >> > Hemos escriturado > >> > la permuta el promotor y yo por un valor de 25 millones, pero > >> > cuando reciba > >> > los pisos supongo que habrá que valorarlos por más. > >> > ¿En el IRPF de 2006 debo incluir una ganancia patrimonial o lo hago > >> > en > > el > >> > ejercicio en que reciba los pisos? ¿Si hasta 25 mill fuera ganancia > >> > patrim. > >> > del 2006, hasta el resto de valoración de la obra será a la > >> > recepción? ¿Cómo > >> > lo planteariais para pagar menos dentro de la legalidad? ¿Cómo he > >> > de tratar > >> > el IVA que habré de soportar a la entrega de llaves, lo deberé de > >> > pagar > > yo > >> > o > >> > se presume incluido en la permuta, aunque ni el contrato ni la > >> > escritura diga nada al respecto? > >> > > >> > Me juego mucho dinero, el cual por supuesto no me sobra, y además > >> > no quiero > >> > sacar nada que no sea mio, quiero respetar las "normas" que rigen > >> > este tipo > >> > de transacciones porque el promotor es amigo, pero desconozco cómo > >> > se suelen > >> > hacer estas cosas, sobre todo en lo referente al IVA, tanto de la > >> > parte > > de > >> > mi marido como de la mía. > >> > > >> > Necesito orientación bastante desesperadamente. Tengo solo un par > >> > de > > días > >> > para decidir qué hacer. Es muy urgente vuestra ayuda. > >> > Mil gracias a todos. > >> > Clara M. > >> > > >> > > >> > >> > > > > > > > |
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