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  #1 (permalink)  
Antiguo 08-09-2008, 16:13:44
Samuel
 
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Predeterminado Contradicciones

8 de septiembre de 2008, por DENAES
La demanda presentada ante instancias judiciales «europeas» por el ciudadano
Ibarreche y sus socios de EA, IU o Aralar pone de manifiesto de la manera
más expresa todas las contradicciones que anidan en la estrategia
secesionista promovida, desde el poder autonómico, por tales fuerzas
políticas. Esta situación obliga además a replantear críticamente tales
contradicciones desde una perspectiva formalmente política; una
perspectiva -y esto nos parece decisivo- que no quede a su vez enclaustrada
entre los límites de la «psicología» o incluso de la «psiquiatría» tal y
como de hecho sucede cuando, por ejemplo desde el PSOE de Pachi López pero
también desde el PP de Basagoiti se acusa a Ibarreche de «subirse al monte»
o de actuar como «un iluminado», etc., etc.

Y es que, en efecto, si ya es paradójico que desde los poderes de un
gobierno autonómico que, como se ha venido recordando estos días, forma
parte -y parte esencial- del cuerpo político español («el Estado de las
autonomías») se pretenda demandar -demanda, diríamos, «refleja»- al mismo
cuerpo político del que tal autonomía forma parte (y ello, dicho sea de
paso, apelando a una fantasmagórica «legalidad europea» que desbordaría, se
supone, la propia soberanía española), no menos contradictorio resulta el
hecho de que desde tal autonomía se haya propuesto una iniciativa de
consulta que desafía, amenaza formal y públicamente la misma soberanía
nacional ratificada por la Constitución del 78 como si esta (la Constitución
y la soberanía nacional que tal constitución presupone) no fuese, y esta es
la cuestión central, el único contexto político real bajo el que la dicha
autonomía -con su estatuto- tiene sentido. De otro modo: si Ibarreche
efectivamente puede, en su calidad de presidente de un gobierno autónomo,
atreverse a formular «preguntitas» secesionistas a los «ciudadanos vascos»
sólo es porque la Constitución española le reconoce como presidente de una
autonomía española que, ella misma, presupone como tal autonomía la
integridad de la soberanía de la Nación como premisa imposible de desbordar.
Con lo que, ciertamente, la propuesta de Ibarreche constituye un
contrasentido político, una contradicción.

Sólo que entonces, habría que continuar razonando, ¿no es asimismo
contradictorio -de hecho, el segundo brazo de la contradicción política que
acabamos de presentar- la circunstancia de que tal Constitución dé de sí
hasta el punto de permitir, sin perjuicio de fundarse en la soberanía de la
nación política española, que desde una determinada parte de esa misma
nación se actue en sentido secesionista contra la nación que confiere
sentido a tal poder autonómico?

Y en este sentido, concluimos desde la Fundación DENAES, empezará a aparecer
como algo muy claro que es tal Constitución la que resulta contradictoria en
términos políticos, es decir la que se manifiesta como una constitución
suicida.

FUNDACIÓN DENAES, PARA LA DEFENSA DE LA NACIÓN ESPAÑOLA


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  #2 (permalink)  
Antiguo 08-09-2008, 19:14:35
Españuelo
 
Mensajes: n/a
Predeterminado Re: Contradicciones

Samuel wrote:
> 8 de septiembre de 2008, por DENAES
> La demanda presentada ante instancias judiciales «europeas» por el ciudadano
> Ibarreche y sus socios de EA, IU o Aralar pone de manifiesto de la manera
> más expresa todas las contradicciones que anidan en la estrategia
> secesionista promovida, desde el poder autonómico, por tales fuerzas
> políticas. Esta situación obliga además a replantear críticamente tales
> contradicciones desde una perspectiva formalmente política; una
> perspectiva -y esto nos parece decisivo- que no quede a su vez enclaustrada
> entre los límites de la «psicología» o incluso de la «psiquiatría» tal y
> como de hecho sucede cuando, por ejemplo desde el PSOE de Pachi López pero
> también desde el PP de Basagoiti se acusa a Ibarreche de «subirse al monte»
> o de actuar como «un iluminado», etc., etc.
>
> Y es que, en efecto, si ya es paradójico que desde los poderes de un
> gobierno autonómico que, como se ha venido recordando estos días, forma
> parte -y parte esencial- del cuerpo político español («el Estado de las
> autonomías») se pretenda demandar -demanda, diríamos, «refleja»- al mismo
> cuerpo político del que tal autonomía forma parte (y ello, dicho sea de
> paso, apelando a una fantasmagórica «legalidad europea» que desbordaría, se
> supone, la propia soberanía española), no menos contradictorio resulta el
> hecho de que desde tal autonomía se haya propuesto una iniciativa de
> consulta que desafía, amenaza formal y públicamente la misma soberanía
> nacional ratificada por la Constitución del 78 como si esta (la Constitución
> y la soberanía nacional que tal constitución presupone) no fuese, y esta es
> la cuestión central, el único contexto político real bajo el que la dicha
> autonomía -con su estatuto- tiene sentido. De otro modo: si Ibarreche
> efectivamente puede, en su calidad de presidente de un gobierno autónomo,
> atreverse a formular «preguntitas» secesionistas a los «ciudadanos vascos»
> sólo es porque la Constitución española le reconoce como presidente de una
> autonomía española que, ella misma, presupone como tal autonomía la
> integridad de la soberanía de la Nación como premisa imposible de desbordar.
> Con lo que, ciertamente, la propuesta de Ibarreche constituye un
> contrasentido político, una contradicción.
>
> Sólo que entonces, habría que continuar razonando, ¿no es asimismo
> contradictorio -de hecho, el segundo brazo de la contradicción política que
> acabamos de presentar- la circunstancia de que tal Constitución dé de sí
> hasta el punto de permitir, sin perjuicio de fundarse en la soberanía de la
> nación política española, que desde una determinada parte de esa misma
> nación se actue en sentido secesionista contra la nación que confiere
> sentido a tal poder autonómico?
>
> Y en este sentido, concluimos desde la Fundación DENAES, empezará a aparecer
> como algo muy claro que es tal Constitución la que resulta contradictoria en
> términos políticos, es decir la que se manifiesta como una constitución
> suicida.
>
> FUNDACIÓN DENAES, PARA LA DEFENSA DE LA NACIÓN ESPAÑOLA
>
>


Proposas la llei del més fort. El pex gross se mënja el més petit.


Estonia, Lituania, Letonia, Malta, Noruega, Finlandia, Andorra,
Kossovo, Croatia, Eslovenia, Servia, etc.







--
http://es.geocities.com/espanuelo3/armenia.jpg
http://es.geocities.com/espanuelo3
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  #3 (permalink)  
Antiguo 08-09-2008, 22:16:13
Inapetente
 
Mensajes: n/a
Predeterminado Re: Contradicciones

Españuelo escribió:

>
> Proposas la llei del més fort. El pex gross se mënja el més petit.
>
>
> Estonia, Lituania, Letonia, Malta, Noruega, Finlandia, Andorra,
> Kossovo, Croatia, Eslovenia, Servia, etc.
>


¿ese "etc" incluye Abjasia y Osetia del Sur?
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  #4 (permalink)  
Antiguo 09-09-2008, 19:22:41
Españuelo
 
Mensajes: n/a
Predeterminado Re: Contradicciones

Inapetente wrote:
> Españuelo escribió:
>
>>
>> Proposas la llei del més fort. El pex gross se mënja el més petit.
>>
>>
>> Estonia, Lituania, Letonia, Malta, Noruega, Finlandia, Andorra,
>> Kossovo, Croatia, Eslovenia, Servia, etc.
>>

>
> ¿ese "etc" incluye Abjasia y Osetia del Sur?



Abjasia queda fora del "county".

Una region, 18 per 18 graus (Caucasus: latitude 36ºN-54ºN, aprox.
longitude 31º05'E-49º05'E) se pot dividir en 25 "counties".

One county is divided in four nations.

Per tant una region tendria 100 nations.

També una region se pot dividir en 4 països o "countries".


Veure: http://es.geocities.com/espanuelo3/armenia.jpg

Per tant Ossetia del Nord, Ossetia del Sud, Georgia, Armenia, i altres
pertànyen a la antiga Armenia, que seria un "county", però Abjasia no ès
de aquest "county".

Tot queda ben repartid. No hi ha trossos que no siguin reconeguds, si
no té nom se li posa una lletra o un número.


--
http://es.geocities.com/espanuelo3/armenia.jpg
http://es.geocities.com/espanuelo3
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