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  #1 (permalink)  
Antiguo 07-04-2008, 12:58:55
tcantoral@gmail.com
 
Mensajes: n/a
Predeterminado Costas en proceso de ejecución con justicia gratuita

Hola a todos, me gustaría conocer su opinión acerca de un asunto que
me tiene despistado: hemos seguido un proceso de ejecución dineraria
contra una persona, la cual no había comparecido en el monitorio
previo y tampoco en la ejecución. Tras casi cinco años se convoca la
subasta de la mitad indivisa de una parcela; pocos días antes de dicha
subasta la ejecurtada solicita el reconocimiento de asistencia
jurídica gratuita, se le designa abogado y procurador de oficio y se
personan en el proceso. Se subasta la finca, que finalmente se
adjudica a una persona presentada por la ejecutada. Ahora estamos
tasando las costas y liquidando intereses; la representación de la
ejecutada ha presentado un escrito indicando que le parece bien que se
tasen las costas, pero que no ha de pagarlas, al habérsele reconocido
el derecho a la asistencia jurídica gratuita. La pregunta es ¿puede el
reconocimiento del derecho a asistencia jurídica gratuita afectar a
las costas generadas por los trámites anteriores a dicho
reconocimiento?.
Muchas gracias.
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  #2 (permalink)  
Antiguo 07-04-2008, 15:24:33
Simón Templar
 
Mensajes: n/a
Predeterminado Re: Costas en proceso de ejecución con justicia gratuita

-----BEGIN PGP SIGNED MESSAGE-----
Hash: SHA1

Yo creo que si porque son costas del procedimiento.

En todo caso, lo que no entiendo, es porqué siendo el condenado
propietario del 50% de un bien inmueble, no os habeis opuesto en su
momento a la concesión de la justicia gratuita. Yo creo que esa
oposición podría haber prosperado.

En todo caso, la concesión de esa justicia gratuita se da sin perjuicio
de que el condenado "venga a mejor fortuna". Y digo yo, ¿si ahora cobra
el 50% de ese bien menos lo que debía, y es un importe elevado, no cabe
entender que ha venido a "mejor fortuna"?

Mira el art. 36.2 de la Ley 1/1996 de 10 de Enero que regula la
Asistencia Juridica Gratuita.

- ---------------------------------

tcantoral***gmail.com escribió:
| Hola a todos, me gustaría conocer su opinión acerca de un asunto que
| me tiene despistado: hemos seguido un proceso de ejecución dineraria
| contra una persona, la cual no había comparecido en el monitorio
| previo y tampoco en la ejecución. Tras casi cinco años se convoca la
| subasta de la mitad indivisa de una parcela; pocos días antes de dicha
| subasta la ejecurtada solicita el reconocimiento de asistencia
| jurídica gratuita, se le designa abogado y procurador de oficio y se
| personan en el proceso. Se subasta la finca, que finalmente se
| adjudica a una persona presentada por la ejecutada. Ahora estamos
| tasando las costas y liquidando intereses; la representación de la
| ejecutada ha presentado un escrito indicando que le parece bien que se
| tasen las costas, pero que no ha de pagarlas, al habérsele reconocido
| el derecho a la asistencia jurídica gratuita. La pregunta es ¿puede el
| reconocimiento del derecho a asistencia jurídica gratuita afectar a
| las costas generadas por los trámites anteriores a dicho
| reconocimiento?.
| Muchas gracias.
|

-----BEGIN PGP SIGNATURE-----
Version: GnuPG v1.4.7 (MingW32)
Comment: Using GnuPG with Mozilla - http://enigmail.mozdev.org

iD8DBQFH+jyx656yiE6uKQQRAhpuAJ0YgYuvb11fLNILrLE1qo JqfqJNLACfeXw3
j4eO0E89w4waHnL1TUisgSk=
=lWXo
-----END PGP SIGNATURE-----

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  #3 (permalink)  
Antiguo 07-04-2008, 15:24:33
Simón Templar
 
Mensajes: n/a
Predeterminado Re: Costas en proceso de ejecución con justicia gratuita

-----BEGIN PGP SIGNED MESSAGE-----
Hash: SHA1

Yo creo que si porque son costas del procedimiento.

En todo caso, lo que no entiendo, es porqué siendo el condenado
propietario del 50% de un bien inmueble, no os habeis opuesto en su
momento a la concesión de la justicia gratuita. Yo creo que esa
oposición podría haber prosperado.

En todo caso, la concesión de esa justicia gratuita se da sin perjuicio
de que el condenado "venga a mejor fortuna". Y digo yo, ¿si ahora cobra
el 50% de ese bien menos lo que debía, y es un importe elevado, no cabe
entender que ha venido a "mejor fortuna"?

Mira el art. 36.2 de la Ley 1/1996 de 10 de Enero que regula la
Asistencia Juridica Gratuita.

- ---------------------------------

tcantoral***gmail.com escribió:
| Hola a todos, me gustaría conocer su opinión acerca de un asunto que
| me tiene despistado: hemos seguido un proceso de ejecución dineraria
| contra una persona, la cual no había comparecido en el monitorio
| previo y tampoco en la ejecución. Tras casi cinco años se convoca la
| subasta de la mitad indivisa de una parcela; pocos días antes de dicha
| subasta la ejecurtada solicita el reconocimiento de asistencia
| jurídica gratuita, se le designa abogado y procurador de oficio y se
| personan en el proceso. Se subasta la finca, que finalmente se
| adjudica a una persona presentada por la ejecutada. Ahora estamos
| tasando las costas y liquidando intereses; la representación de la
| ejecutada ha presentado un escrito indicando que le parece bien que se
| tasen las costas, pero que no ha de pagarlas, al habérsele reconocido
| el derecho a la asistencia jurídica gratuita. La pregunta es ¿puede el
| reconocimiento del derecho a asistencia jurídica gratuita afectar a
| las costas generadas por los trámites anteriores a dicho
| reconocimiento?.
| Muchas gracias.
|

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Comment: Using GnuPG with Mozilla - http://enigmail.mozdev.org

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  #4 (permalink)  
Antiguo 08-04-2008, 12:20:12
tcantoral@gj-abogados.com
 
Mensajes: n/a
Predeterminado Re: Costas en proceso de ejecución con justicia gratuita

Gracias, Simón.
No nos opusimos a la concesión de la justicia gratuita porque el
inmueble en cuestión es la vivienda habitual de la familia; por lo que
tampoco sé si los ingresos que ahora obtiene como sobrante se pueden
considerar como "venir a mejor fortuna", pues en realidad ha empeorado
su situación tras la subasta ya que, como es habitual, no se alcanzó
el valor de tasación. El problema es que, si hubiese solicitado el
reconocimiento del derecho al principio de la ejecución a nosotros nos
habrían salido también gratis la tasación y las certificaciones
registrales, pero las hemos tenido que pagar para, al final, que no
se nos reintegren debido al posterior reconocimiento del derecho a
justicia gratuita. Por cierto, el ejecutante es la comunidad de
propietarios de la urbanización, la deuda era de 2000 euros y llevamos
gastados entre tasaciones, anotaciones de embargo, certificaciones,
cancelaciones de cargas y demás unos 1.500 (sin contar honorarios de
abogado y procurador). Ya nos han reintegrado el principal y supongo
que no habrá problema con los intereses, pero aún así, si no se
abonan las costas, la Comunidad habrá quedado igual que estaba o
incluso habrá perdido dinero tras todo el proceso. En fin, la
consabida maldición gitana.
Un saludo.
Responder Con Cita
  #5 (permalink)  
Antiguo 08-04-2008, 12:20:12
tcantoral@gj-abogados.com
 
Mensajes: n/a
Predeterminado Re: Costas en proceso de ejecución con justicia gratuita

Gracias, Simón.
No nos opusimos a la concesión de la justicia gratuita porque el
inmueble en cuestión es la vivienda habitual de la familia; por lo que
tampoco sé si los ingresos que ahora obtiene como sobrante se pueden
considerar como "venir a mejor fortuna", pues en realidad ha empeorado
su situación tras la subasta ya que, como es habitual, no se alcanzó
el valor de tasación. El problema es que, si hubiese solicitado el
reconocimiento del derecho al principio de la ejecución a nosotros nos
habrían salido también gratis la tasación y las certificaciones
registrales, pero las hemos tenido que pagar para, al final, que no
se nos reintegren debido al posterior reconocimiento del derecho a
justicia gratuita. Por cierto, el ejecutante es la comunidad de
propietarios de la urbanización, la deuda era de 2000 euros y llevamos
gastados entre tasaciones, anotaciones de embargo, certificaciones,
cancelaciones de cargas y demás unos 1.500 (sin contar honorarios de
abogado y procurador). Ya nos han reintegrado el principal y supongo
que no habrá problema con los intereses, pero aún así, si no se
abonan las costas, la Comunidad habrá quedado igual que estaba o
incluso habrá perdido dinero tras todo el proceso. En fin, la
consabida maldición gitana.
Un saludo.
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