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  #1 (permalink)  
Antiguo 06-06-2008, 16:28:33
Paloma
 
Mensajes: n/a
Predeterminado Presentacion y consulta DERECHO LABORAL.

Hola a todos, lo primero es presentarme, mi nombre es Paloma y este es mi
primer mensaje, espero me trateis bien......


Ahora una consulta:

Mi cliente ha sido despedido si avenencia(por lo que estamos en papeleta de
conciliacion), fechas previas a la celebracion de unas eleciones sindicales
en las cuales el esta como primero de la lista de uno de los sindicatos
mayoritarios.

La cuestion es saber si.... este trabajador puede votar en dichas
elecciones, pues para cuando se celebren, no se habra realizado el acto de
conciliacion, y a su vez si sale elegido como "delegado de personal", en
caso de llegar a juicio con la empresa por despido improcedente ¿mi
representado seria "delegado de personal" a todos los efectos?

Muchas gracias a todos.




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  #2 (permalink)  
Antiguo 09-06-2008, 09:57:15
in
 
Mensajes: n/a
Predeterminado Re: Presentacion y consulta DERECHO LABORAL.

buenas paloma encantado.

La verdad es que nunca he visto un tema de esos pero resulta muy
interesante.

Acéptese que no hay causa de despido, que no se puede hablar de procedencia,
supongo que defenderás la nulidad...


La verdad es que no se la concreta protección que se otorga a los
trabajadores propuestos como representantes de los trabajadores, si dices
que va en las listas de un sindicato allí tendrán alguien que tenga unas
tablas de la leche en defensa del derecho de libertad sindical, es lo que no
me cuadra mucho de tu consulta ...

Respecto a las elecciones pues nada a impugnar todo el proceso no ....

poco aporto pero bueno, si sirve para que alguien nos de un repasito bien
estará. A pasar buen día.


"Paloma" <Palomagilmonroy***gmail.com> escribió en el mensaje
news:g2bojs$o09$1***registered.motzarella.org...
> Hola a todos, lo primero es presentarme, mi nombre es Paloma y este es mi
> primer mensaje, espero me trateis bien......
>
>
> Ahora una consulta:
>
> Mi cliente ha sido despedido si avenencia(por lo que estamos en papeleta
> de conciliacion), fechas previas a la celebracion de unas eleciones
> sindicales en las cuales el esta como primero de la lista de uno de los
> sindicatos mayoritarios.
>
> La cuestion es saber si.... este trabajador puede votar en dichas
> elecciones, pues para cuando se celebren, no se habra realizado el acto
> de conciliacion, y a su vez si sale elegido como "delegado de personal",
> en caso de llegar a juicio con la empresa por despido improcedente ¿mi
> representado seria "delegado de personal" a todos los efectos?
>
> Muchas gracias a todos.
>
>
>
>



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  #3 (permalink)  
Antiguo 09-06-2008, 09:57:15
in
 
Mensajes: n/a
Predeterminado Re: Presentacion y consulta DERECHO LABORAL.

buenas paloma encantado.

La verdad es que nunca he visto un tema de esos pero resulta muy
interesante.

Acéptese que no hay causa de despido, que no se puede hablar de procedencia,
supongo que defenderás la nulidad...


La verdad es que no se la concreta protección que se otorga a los
trabajadores propuestos como representantes de los trabajadores, si dices
que va en las listas de un sindicato allí tendrán alguien que tenga unas
tablas de la leche en defensa del derecho de libertad sindical, es lo que no
me cuadra mucho de tu consulta ...

Respecto a las elecciones pues nada a impugnar todo el proceso no ....

poco aporto pero bueno, si sirve para que alguien nos de un repasito bien
estará. A pasar buen día.


"Paloma" <Palomagilmonroy***gmail.com> escribió en el mensaje
news:g2bojs$o09$1***registered.motzarella.org...
> Hola a todos, lo primero es presentarme, mi nombre es Paloma y este es mi
> primer mensaje, espero me trateis bien......
>
>
> Ahora una consulta:
>
> Mi cliente ha sido despedido si avenencia(por lo que estamos en papeleta
> de conciliacion), fechas previas a la celebracion de unas eleciones
> sindicales en las cuales el esta como primero de la lista de uno de los
> sindicatos mayoritarios.
>
> La cuestion es saber si.... este trabajador puede votar en dichas
> elecciones, pues para cuando se celebren, no se habra realizado el acto
> de conciliacion, y a su vez si sale elegido como "delegado de personal",
> en caso de llegar a juicio con la empresa por despido improcedente ¿mi
> representado seria "delegado de personal" a todos los efectos?
>
> Muchas gracias a todos.
>
>
>
>



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  #4 (permalink)  
Antiguo 09-06-2008, 11:58:59
Sr Peabody
 
Mensajes: n/a
Predeterminado Re: Presentacion y consulta DERECHO LABORAL.

"in" <este***lista.es> escribió en el mensaje
news:g2iuq0$ck1$1***inews.gazeta.pl...
> buenas paloma encantado.
>
> La verdad es que nunca he visto un tema de esos pero resulta muy
> interesante.
>
> Acéptese que no hay causa de despido, que no se puede hablar de
> procedencia, supongo que defenderás la nulidad...
>
>
> La verdad es que no se la concreta protección que se otorga a los
> trabajadores propuestos como representantes de los trabajadores, si
> dices que va en las listas de un sindicato allí tendrán alguien que
> tenga unas tablas de la leche en defensa del derecho de libertad
> sindical, es lo que no me cuadra mucho de tu consulta ...
>
> Respecto a las elecciones pues nada a impugnar todo el proceso no ....
>
> poco aporto pero bueno, si sirve para que alguien nos de un repasito
> bien estará. A pasar buen día.



Estoy de acuerdo en la posibilidad del enfoque atendiendo a la defensa
de nulidad de despido por supuesta vulneración de libertad sindical. El
TC en su
doctrina viene recogiendo tales cuestiones. Así, a volapié, recojo una
parte de la Sentencia del T.S.J. del País Vasco, de 18 de enero de 2005,
relativa a despido nulo y vulneración del derecho de libertad sindical:

"Fundamentos de Derecho (...) Segundo (...) B) Uno de esos derechos
básicos es el de libertad sindical, que nuestra Constitución reconoce en
su art. 28.1.

Forma parte del mismo, según la doctrina constitucional, el derecho a la
actividad sindical precisa para que los sindicatos puedan cumplir las
funciones que les son propios (defensa y promoción de los intereses de
los trabajadores). Uno de los instrumentos adecuados para realizar esa
función radica en la promoción de elecciones sindicales y participación
en las mismas.

Derecho de libertad sindical al que también se tutela protegiendo a los
trabajadores que, aun no siendo afiliados a un sindicato, participan en
actividades lícitas promovidas por éstos o en los que están interesados
(STC 134/1994, de 9 de mayo).

Más aún, de manera expresa dicho Tribunal, en su sentencia 197/1990, de
29 de noviembre, otorgó amparo por vulneración de ese derecho
fundamental ocasionada por sentencia que califica como improcedente, y
no como nulo, el despido disciplinario de quien, no siendo afiliada, se
la imputó indisciplina en relación a una reunión de trabajadores que
ella y otros compañeros habían convocado con la finalidad de convocar
elecciones sindicales y dotarse así de representantes suyos. Según el
Tribunal, la tutela de ese derecho fundamental alcanza a los actos
preparatorios de la actividad sindical en aquellos lugares en los que
precisamente no hay actividad sindical por falta de implantación de
sindicatos e inexistencia de representación de los trabajadores (....) "



Saludos,

--

Sr Peabody

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  #5 (permalink)  
Antiguo 09-06-2008, 11:58:59
Sr Peabody
 
Mensajes: n/a
Predeterminado Re: Presentacion y consulta DERECHO LABORAL.

"in" <este***lista.es> escribió en el mensaje
news:g2iuq0$ck1$1***inews.gazeta.pl...
> buenas paloma encantado.
>
> La verdad es que nunca he visto un tema de esos pero resulta muy
> interesante.
>
> Acéptese que no hay causa de despido, que no se puede hablar de
> procedencia, supongo que defenderás la nulidad...
>
>
> La verdad es que no se la concreta protección que se otorga a los
> trabajadores propuestos como representantes de los trabajadores, si
> dices que va en las listas de un sindicato allí tendrán alguien que
> tenga unas tablas de la leche en defensa del derecho de libertad
> sindical, es lo que no me cuadra mucho de tu consulta ...
>
> Respecto a las elecciones pues nada a impugnar todo el proceso no ....
>
> poco aporto pero bueno, si sirve para que alguien nos de un repasito
> bien estará. A pasar buen día.



Estoy de acuerdo en la posibilidad del enfoque atendiendo a la defensa
de nulidad de despido por supuesta vulneración de libertad sindical. El
TC en su
doctrina viene recogiendo tales cuestiones. Así, a volapié, recojo una
parte de la Sentencia del T.S.J. del País Vasco, de 18 de enero de 2005,
relativa a despido nulo y vulneración del derecho de libertad sindical:

"Fundamentos de Derecho (...) Segundo (...) B) Uno de esos derechos
básicos es el de libertad sindical, que nuestra Constitución reconoce en
su art. 28.1.

Forma parte del mismo, según la doctrina constitucional, el derecho a la
actividad sindical precisa para que los sindicatos puedan cumplir las
funciones que les son propios (defensa y promoción de los intereses de
los trabajadores). Uno de los instrumentos adecuados para realizar esa
función radica en la promoción de elecciones sindicales y participación
en las mismas.

Derecho de libertad sindical al que también se tutela protegiendo a los
trabajadores que, aun no siendo afiliados a un sindicato, participan en
actividades lícitas promovidas por éstos o en los que están interesados
(STC 134/1994, de 9 de mayo).

Más aún, de manera expresa dicho Tribunal, en su sentencia 197/1990, de
29 de noviembre, otorgó amparo por vulneración de ese derecho
fundamental ocasionada por sentencia que califica como improcedente, y
no como nulo, el despido disciplinario de quien, no siendo afiliada, se
la imputó indisciplina en relación a una reunión de trabajadores que
ella y otros compañeros habían convocado con la finalidad de convocar
elecciones sindicales y dotarse así de representantes suyos. Según el
Tribunal, la tutela de ese derecho fundamental alcanza a los actos
preparatorios de la actividad sindical en aquellos lugares en los que
precisamente no hay actividad sindical por falta de implantación de
sindicatos e inexistencia de representación de los trabajadores (....) "



Saludos,

--

Sr Peabody

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