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  #1 (permalink)  
Antiguo 03-01-2008, 19:21:59
laia
 
Mensajes: n/a
Predeterminado Reparar calentador eléctrico?



Hola, a ver si podéis ayudarme...
Tengo un calentador-termo eléctrico de 100 L que desde hace unos días
pierde agua por las juntas, aparentemente puestas como si fueran tapas
en los extremos del cilindro (el está instalado en posición horizontal).
Lo curioso del caso es que se ha puesto a tener pérdidas por las dos al
mismo tiempo, y pierde lo suficiente como para que hayamos tenido que
vaciarlo, por lo que en la práctica estamos sin agua caliente. El aparto
se instaló nuevo hace 8 años aprox.
Sabéis si hay alguna forma de reparalo y cuál puede haber sido la causa
de la avería?
(La verdad es que da rabia cambiarlo, pq estamos de alquiler y el
propietario no quiere pagarlo...)

Gracias!

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  #2 (permalink)  
Antiguo 03-01-2008, 19:35:48
Francisco Mercader
 
Mensajes: n/a
Predeterminado Re: Reparar calentador eléctrico?


[laia]
Tengo un calentador-termo eléctrico de 100 L que desde hace unos días
pierde agua por las juntas, aparentemente puestas como si fueran tapas
en los extremos del cilindro (el está instalado en posición
horizontal). Lo curioso del caso es que se ha puesto a tener pérdidas
por las dos al mismo tiempo, y pierde lo suficiente como para que
hayamos tenido que vaciarlo, por lo que en la práctica estamos sin
agua caliente. El aparto se instaló nuevo hace 8 años aprox. Sabéis
si hay alguna forma de reparalo y cuál puede haber sido la causa de
la avería?
(La verdad es que da rabia cambiarlo, pq estamos de alquiler y el
propietario no quiere pagarlo...)

[Mercader]
Ten por seguro que ese calentador ha muerto. Es la avería típica de
haber reventado el depósito interior, el que va dentro del
aislamiento, por haberse podrido por oxidación. Cuando yo era pobre
(quiero decir más que ahora) , arreglé uno igual desmontándolo todo y
forrando el depósito interior, con una venda de fibra de vidrio,
resina de poliéster, catalizador y demás, con lo que me duró un año
más. Al final tampoco resistió y se rompió por otro lado ya
irreparable.
Por aquí te dirán si debes reponerlo tú o le corrresponde al casero.
Saludos.
==================================
Mis residuos mentales, en:
http://www.telefonica.net/web/fmercaderr
==================================


Responder Con Cita
  #3 (permalink)  
Antiguo 03-01-2008, 19:35:48
Francisco Mercader
 
Mensajes: n/a
Predeterminado Re: Reparar calentador eléctrico?


[laia]
Tengo un calentador-termo eléctrico de 100 L que desde hace unos días
pierde agua por las juntas, aparentemente puestas como si fueran tapas
en los extremos del cilindro (el está instalado en posición
horizontal). Lo curioso del caso es que se ha puesto a tener pérdidas
por las dos al mismo tiempo, y pierde lo suficiente como para que
hayamos tenido que vaciarlo, por lo que en la práctica estamos sin
agua caliente. El aparto se instaló nuevo hace 8 años aprox. Sabéis
si hay alguna forma de reparalo y cuál puede haber sido la causa de
la avería?
(La verdad es que da rabia cambiarlo, pq estamos de alquiler y el
propietario no quiere pagarlo...)

[Mercader]
Ten por seguro que ese calentador ha muerto. Es la avería típica de
haber reventado el depósito interior, el que va dentro del
aislamiento, por haberse podrido por oxidación. Cuando yo era pobre
(quiero decir más que ahora) , arreglé uno igual desmontándolo todo y
forrando el depósito interior, con una venda de fibra de vidrio,
resina de poliéster, catalizador y demás, con lo que me duró un año
más. Al final tampoco resistió y se rompió por otro lado ya
irreparable.
Por aquí te dirán si debes reponerlo tú o le corrresponde al casero.
Saludos.
==================================
Mis residuos mentales, en:
http://www.telefonica.net/web/fmercaderr
==================================


Responder Con Cita
  #4 (permalink)  
Antiguo 03-01-2008, 20:29:23
JMBIKER
 
Mensajes: n/a
Predeterminado Re: Reparar calentador eléctrico?


"laia" <eulaliadebsQUITAESTO***yahoo.es> escribió en el mensaje
news:fljckn$18r$1***aioe.org...

NO son reparables. Y 8 años es normal, con un uso continuado, y suponiendo
que esé bien instalado ( con manguitos electrolíticos en la entrada/salida)
Duran un poco más si poseen un ánodo de magnesio, que se va corroyendo en
lugar de corroerse la estructura de acero.
Y durarían más si el ánodo lo vendiesen suelto, y se pudiera ir sustituyendo
cada vez que se desgasta.

Si comprais uno nuevo, mirad que lleve esa protección anódica ( si además
el cuerpo fuese de inox, la duración sería ilimitada)
...............................

Sobre el tema "a quien le corresponde", creo recordar que al propietario,
salvo acuerdo en contrario, o salvo que sea propiedad vuestra.
(¿Algún experto en la sala?) ;-)

Jmbiker


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  #5 (permalink)  
Antiguo 03-01-2008, 20:29:23
JMBIKER
 
Mensajes: n/a
Predeterminado Re: Reparar calentador eléctrico?


"laia" <eulaliadebsQUITAESTO***yahoo.es> escribió en el mensaje
news:fljckn$18r$1***aioe.org...

NO son reparables. Y 8 años es normal, con un uso continuado, y suponiendo
que esé bien instalado ( con manguitos electrolíticos en la entrada/salida)
Duran un poco más si poseen un ánodo de magnesio, que se va corroyendo en
lugar de corroerse la estructura de acero.
Y durarían más si el ánodo lo vendiesen suelto, y se pudiera ir sustituyendo
cada vez que se desgasta.

Si comprais uno nuevo, mirad que lleve esa protección anódica ( si además
el cuerpo fuese de inox, la duración sería ilimitada)
...............................

Sobre el tema "a quien le corresponde", creo recordar que al propietario,
salvo acuerdo en contrario, o salvo que sea propiedad vuestra.
(¿Algún experto en la sala?) ;-)

Jmbiker


Responder Con Cita
  #6 (permalink)  
Antiguo 03-01-2008, 22:40:12
Mnl
 
Mensajes: n/a
Predeterminado Re: Reparar calentador eléctrico?



>
> Sobre el tema "a quien le corresponde", creo recordar que al propietario,
> salvo acuerdo en contrario, o salvo que sea propiedad vuestra.
> (¿Algún experto en la sala?) ;-)
>
> Jmbiker
>
>


Pues a ver si un experto lo aclara, porque hace tiempo encontré esto:
http://www.iabogado.com/esp/guialega...04020500000000
"Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste derivado del uso ordinario
de la vivienda deberá abonarlas el inquilino".

Por tanto, si un calentador se desgasta con el uso ordinario, lo deberá
pagar el inquilino ¿no?. ¿Alguién puede explicarme que se entiende por uso
ordinario? Supongo que si se ensucian las paredes, tendrá que pagar su
pintado el inquilino, ¿no?. Si se funden las bombillas, idem ¿no?. Si se
estropea el parquet, idem ¿no?

Supongo que si se cae un techo si que deberá pagarlo el propietario, pero
las cosas consecuencia del uso entiendo que las debe pagar el inquilino.

Saludos


Responder Con Cita
  #7 (permalink)  
Antiguo 03-01-2008, 22:40:12
Mnl
 
Mensajes: n/a
Predeterminado Re: Reparar calentador eléctrico?



>
> Sobre el tema "a quien le corresponde", creo recordar que al propietario,
> salvo acuerdo en contrario, o salvo que sea propiedad vuestra.
> (¿Algún experto en la sala?) ;-)
>
> Jmbiker
>
>


Pues a ver si un experto lo aclara, porque hace tiempo encontré esto:
http://www.iabogado.com/esp/guialega...04020500000000
"Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste derivado del uso ordinario
de la vivienda deberá abonarlas el inquilino".

Por tanto, si un calentador se desgasta con el uso ordinario, lo deberá
pagar el inquilino ¿no?. ¿Alguién puede explicarme que se entiende por uso
ordinario? Supongo que si se ensucian las paredes, tendrá que pagar su
pintado el inquilino, ¿no?. Si se funden las bombillas, idem ¿no?. Si se
estropea el parquet, idem ¿no?

Supongo que si se cae un techo si que deberá pagarlo el propietario, pero
las cosas consecuencia del uso entiendo que las debe pagar el inquilino.

Saludos


Responder Con Cita
  #8 (permalink)  
Antiguo 03-01-2008, 23:04:47
Francisco Mercader
 
Mensajes: n/a
Predeterminado Re: Reparar calentador eléctrico?


[Mnl]
Pues a ver si un experto lo aclara, porque hace tiempo encontré esto:
> http://www.iabogado.com/esp/guialega...04020500000000
> "Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste derivado del uso
> ordinario de la vivienda deberá abonarlas el inquilino".


[Mercader]
Ya lo tengo. Esto es de un modelo de contrato de los que hay que
registrar oficialmente; nada de contrato privado.
====Desde aquí==============
OCTAVO.- OBRAS DE CONSERVACION Y MEJORA. La
ARRENDATARIA con renuncia expresa de lo dispuesto
en el Art. 30 de la LAU en relación con el Art. 21
se obliga a hacer a su cargo todas las
reparaciones necesarias a fin de conservar el
mismo en estado de servir al uso convenido, sin
que durante la ejecución de las mismas tenga
derecho a suspender el contrato o desistir del
mismo, y sin derecho a indemnización alguna por
ello, ni tampoco a suspender el pago de la renta y
demás cantidades, o a reducir el importe de las
mismas.
======Hasta aquí===============
De todo ello se deduce que, si a la entrada de la inquilina había un
calentador funcionando, a su salida tendrá que haber un calentador
funcionando, sea reparado o nuevo. Y eso estará en el contrato que
firmó Laia al empezar.
==================================
Mis residuos mentales, en:
http://www.telefonica.net/web/fmercaderr
==================================

Responder Con Cita
  #9 (permalink)  
Antiguo 03-01-2008, 23:04:47
Francisco Mercader
 
Mensajes: n/a
Predeterminado Re: Reparar calentador eléctrico?


[Mnl]
Pues a ver si un experto lo aclara, porque hace tiempo encontré esto:
> http://www.iabogado.com/esp/guialega...04020500000000
> "Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste derivado del uso
> ordinario de la vivienda deberá abonarlas el inquilino".


[Mercader]
Ya lo tengo. Esto es de un modelo de contrato de los que hay que
registrar oficialmente; nada de contrato privado.
====Desde aquí==============
OCTAVO.- OBRAS DE CONSERVACION Y MEJORA. La
ARRENDATARIA con renuncia expresa de lo dispuesto
en el Art. 30 de la LAU en relación con el Art. 21
se obliga a hacer a su cargo todas las
reparaciones necesarias a fin de conservar el
mismo en estado de servir al uso convenido, sin
que durante la ejecución de las mismas tenga
derecho a suspender el contrato o desistir del
mismo, y sin derecho a indemnización alguna por
ello, ni tampoco a suspender el pago de la renta y
demás cantidades, o a reducir el importe de las
mismas.
======Hasta aquí===============
De todo ello se deduce que, si a la entrada de la inquilina había un
calentador funcionando, a su salida tendrá que haber un calentador
funcionando, sea reparado o nuevo. Y eso estará en el contrato que
firmó Laia al empezar.
==================================
Mis residuos mentales, en:
http://www.telefonica.net/web/fmercaderr
==================================

Responder Con Cita
  #10 (permalink)  
Antiguo 04-01-2008, 01:07:19
Pepitof
 
Mensajes: n/a
Predeterminado Re: Reparar calentador eléctrico?

Pero eso es sólo en el caso de que en el contrato, el arrendatario renuncie
expresamente al derecho que le otorga el artículo 21 e la Ley de
Arrendamientos Urbanos.

Ese artículo dice en el apartado 1:
"El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la
renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda
en las condiciones de habitabilidad... // ...salvo cuando el deterioro de
cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario..."

Es decir, si no se pactó algo distinto en el contrato, las reparaciones las
tiene que pagar el arrendador, salvo que el arrendatario haya hecho un uso
inadecuado.

Sin embargo, el mismo artículo, en el apartado 4 dice:
"Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la
vivienda serán de cargo del arrendatario."

Entonces, el asunto está en decidir qué se considera pequeña reparación y
qué no. Pienso que una reparación que exige la substitución de un
electrodoméstico, no se puede considerar una "pequeña reparación", y si la
avería viene por el deterioro normal, y no por un uso inadecuado, la debería
pagar el arrendador. Yo por lo menos (tengo varios pisos arrendados), actúo
conforme a eso (hace poco cambié un calentador de butano que después de 20 o
25 años funcionaba fatal, y sin pedirle ni un euro al inquilino).

De todas formas, habría que ver el tipo de contrato, la renta que se paga, y
todo eso. Por ejemplo, si hablamos de un piso de renta antigua, es difícil
pedirle al arrendador que gaste la renta de 4 o 6 meses en cambiar el
calentador, creo yo.


--


Saludos de Jose Manuel Garcia
jose.mgg***terra.es
http://213.97.130.124


"Francisco Mercader" <francisco.fmercader***gmail.com> escribió en el mensaje
news:5u5837F1gbuqdU1***mid.individual.net...
>
> [Mnl]
> Pues a ver si un experto lo aclara, porque hace tiempo encontré esto:
> >

http://www.iabogado.com/esp/guialega...04020500000000
> > "Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste derivado del uso
> > ordinario de la vivienda deberá abonarlas el inquilino".

>
> [Mercader]
> Ya lo tengo. Esto es de un modelo de contrato de los que hay que
> registrar oficialmente; nada de contrato privado.
> ====Desde aquí==============
> OCTAVO.- OBRAS DE CONSERVACION Y MEJORA. La
> ARRENDATARIA con renuncia expresa de lo dispuesto
> en el Art. 30 de la LAU en relación con el Art. 21
> se obliga a hacer a su cargo todas las
> reparaciones necesarias a fin de conservar el
> mismo en estado de servir al uso convenido, sin
> que durante la ejecución de las mismas tenga
> derecho a suspender el contrato o desistir del
> mismo, y sin derecho a indemnización alguna por
> ello, ni tampoco a suspender el pago de la renta y
> demás cantidades, o a reducir el importe de las
> mismas.
> ======Hasta aquí===============
> De todo ello se deduce que, si a la entrada de la inquilina había un
> calentador funcionando, a su salida tendrá que haber un calentador
> funcionando, sea reparado o nuevo. Y eso estará en el contrato que
> firmó Laia al empezar.
> ==================================
> Mis residuos mentales, en:
> http://www.telefonica.net/web/fmercaderr
> ==================================
>
>




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